La tercera sala del TSA, que ordenó a las instituciones públicas abstenerse de requerir el pago de impuesto de primera placa
El Tribunal El Tribunal Constitucional revocó una sentencia que ordenó a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) abstenerse de requerir el pago de impuesto de primera placa a dos entidades.
Acogió un recurso de revisión constitucional de amparo incoado por la Dirección General de Aduanas (DGA) y anuló la sentencia dictada el 11 de marzo de 2020, por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA)
Según detalla el Constitucional, el conflicto se originó con motivo de la publicación de un aviso, el 2 de abril de 2019, titulado “Pago del impuesto sobre primera registración o primera placa de vehículos de motor y remolques”, emitido por la DGA y la DGII en la pasada gestión de Enrique Antonio Ramírez Paniagua y Magín Díaz Domingo.
La Asociación de Importadores de Vehículos Usados (ASOCIVU) y la Asociación de Dealers del Cibao (ADECI) consideraron que esa medida constituía una amenaza e inminente violación de los artículos 6, 7, 8, 39 numerales 1 y 3, 50, 68, 69, 110, 138, 217, 221 y 243 de la Constitución dominicana, sobre la supremacía de la Constitución, el Estado social y democrático de derecho, la función esencial del Estado, el derecho a la igualdad, el derecho a la libertad de empresa, el derecho de propiedad, las garantías de la tutela judicial efectiva y el debido proceso, la seguridad jurídica y la buena administración.
Por tal razón, interpusieron una acción de amparo preventivo contra la DGA y la DGII, la cual fue acogida por la tercera sala del TSA, que ordenó a las instituciones públicas abstenerse de requerir el pago de impuesto de primera placa establecido en el artículo 22 de la Ley número 557-05. Al no estar conforme con la decisión, Aduanas la recurrió ante el Tribunal Constitucional, que acogió el recurso, revocó el fallo y declaró inadmisible la acción de amparo.
EN PUNTOS
El TC divulgó sentencia en la web
El TC divulgó el dispositivo del fallo en el comunicado 15-22, publicado en su página web.
La iniciativa original fue de La As
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